
El Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza o Descuento Directo consiste en la anotación electrónica que realizan las Cámaras de Comercio de manera virtual, con el fin de darle publicidad a los operadores de libranza o descuento directo que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley, en las demás normas reglamentarias y complementarias, así como también a las entidades operadoras a las que se les haya asignado el código único de reconocimiento a nivel nacional.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 143 de la Ley 1753 de 2015, las Cámaras de Comercio administrarán el Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza o descuento directo.
El registro se realiza a través de Internet ingresando por la página www.rues.org.co seleccionando el botón del Registro de Operadores de Libranza y posteriormente la opción REGISTRARSE
- Diligenciar totalmente los campos del formulario electrónico dispuesto para tal efecto.
- Adjuntar los documentos soportes exigidos por la normatividad vigente, de acuerdo a la clasificación de los siguientes grupos:
- GRUPO 1: DIRIGIDO A PATRIMONIOS AUTONOMOS CONSTITUIDOS MEDIANTE CONTRATO DE FIDUCIA MERCANTIL
- Certificado expedido por la sociedad fiduciaria
- Certificado por el banco de datos “en el cual consta el patrimonio”
- GRUPO 2: DIRIGIDO A ENTIDADES FINANCIERAS, SOCIEDAD MUTUAL, FONDOS DE EMPLEADOS, ASOCIACIÓN GREMIAL DE PENSIONADOS, COOPERATIVOS Y SINDICATOS
- Certificado de existencia y representación legal
- Certificado expedido en donde se reporta el soporte financiero
- GRUPO 3: DIRIGIDO A SOCIEDADES COMERCIALES
- Certificado de cámara de comercio
- Certificado con la base de datos
- Certificado de la superintendencia financiera
- GRUPO 4: CAJAS DE COMPENSACION FAMILIAR
- Certificado existencia y representación legal de la caja
- Certificado con la base de datos
- Realizar o acreditar el pago por el servicio de Registro por un valor de $ $36.000
Que información se solicitará al momento del Registro
- La información mínima obligatoria que se deberá diligenciar es:
- Nombre o razón social
- NIT
- Domicilio Principal
- Dirección
- Teléfono
- Dirección de Notificación
- Correo Electrónico
- Nombre del Representante legal, tipo y número de identificación
- Entidad que ejerce vigilancia o control sobre el operador
Para el caso de los patrimonios autónomos, con los datos de la persona jurídica de la entidad administradora del mismo y la certificación de existencia del patrimonio autónomo expedido por dicha entidad administradora, en donde se identifique el contrato de fiducia mercantil, número de contrato, nombre del patrimonio autónomo y el NIT.
A cada entidad operadora de libranza o de descuento directo que cumpla con todos los requisitos, se le asignará un código único de reconocimiento a nivel nacional, el cual contendrá como parte principal el número de identificación tributaria – NIT. Este número podrá ser consultado en cualquier momento a través de Internet ingresando por la página www.rues.org.co seleccionando el botón del Registro de Operadores de Labranza y posteriormente la opción de CONSULTA.
- Ingresar al portal Web del Registro Único de Entidades Operadoras de Libranza Aquí, luego haga click en el botón registrarse.
- Diligenciar el formulario único electrónico de solicitud de anotación electrónica de inscripción, modificación, renovación y cancelación en el Runeol.
- Adjuntar los documentos según corresponda.
El Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza o Descuento Directo, tendrá una vigencia anual y deberá renovarse dentro del período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año, sin importar cuál hubiere sido la fecha de la inscripción inicial o renovación por parte del operador de libranzas o descuento directo.
Si el interesado no solicita la renovación del Registro Único Nacional de Entidades Operadoras de Libranza o Descuento Directo dentro del término establecido, este se cancelará automáticamente y cesarán sus efectos.
Para realizar la renovación el Operador debe ingresar a través de Internet ingresando por la página www.rues.org.co seleccionando el botón del Registro de Operadores de Labranza y posteriormente la opción RENOVAR. Si no conoce el número del Registro solicitado en dicha opción, podrá previamente utilizar la opción de CONSULTA.
En virtud a la resolución expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Públicos, la tarifa que debe sufragarse en favor de la Cámara de Comercio, por concepto del Registro Único Nacional de Operadores de Libranza, es la siguiente:
- Para nuevos registros y su renovación: $36.000 (5.24 % del salario mínimo mensual vigente).
- Para mutaciones: $9.700 (1.40% del salario mínimo mensual vigente).
Importante: Los operadores de libranza o descuento directo obligados a renovar su inscripción, podrán hacerlo sin costo alguno hasta el 31 de diciembre de 2015, de acuerdo con la información que transfiera el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a las Cámaras de Comercio.
Inicialmente el valor correspondiente a inscripción y mutaciones deberá ser cancelado directamente en la sedes de la Cámara de Comercio de su jurisdicción y adjuntar el comprobante de pago a la solicitud del trámite en la página web del registro. En los próximos días se implementará para este registro el servicio de pago a través de internet para todas las Cámaras de Comercio.
La inscripción de actos, libros y documentos que afecten al RUNEOL tiene un tiempo máximo de respuesta de 15 días hábiles.