El Decreto 1068 del 2020 dispone que las sociedades mercantiles sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Sociedades, que no renueven su matrícula mercantil por un término de tres (3) años o que no envíen la información requerida por esta Superintendencia durante el mismo término, se presumirán como no operativas y podrán ser declaradas de oficio como disueltas por la Supersociedades, salvo que se evidencie lo contrario de su parte.
Por esta razón, debes ponerte al día y a renovar oportunamente tu matrícula mercantil, para evitar la disolución y liquidación de tu empresa y así continuar apoyando la formalización de las actividades empresariales en Colombia y al fortalecimiento de la base empresarial del país.
Renueva antes del jueves 31 de marzo, solicitando el acompañamiento de un asesor a través de nuestro PBX 608 747 4660 extensión 3, por el WhatsApp 315 692 4085, en el chat de nuestra página web o en nuestras sedes ubicadas en Tunja, en la Sede Norte en la calle 35 # 10 – 09 y en la Sede Centro en la calle 21 # 10 – 52, y en cualquiera de nuestras oficinas ubicadas en los diferentes municipios de nuestra jurisdicción, para evitar que tu matrícula se vea afectada por las sanciones que la ley establece